Con el objetivo de completar la información remitida hoy mismo por el Secretario General de la Consejería de la Presidencia, a continuación indico algunas de las características fundamentales de la convocatoria  de ayudas destinadas a castellanos y leoneses en el exterior que se encuentren en condiciones  de especial necesidad para el año 2018, cuyo extracto, tal y como ha indicado el Secretario en su correo, se ha publicado el  martes, día 26 de noviembre en BOCyL.

El importe convocado es  el mismo que en pasados ejercicios: 120.000 €

Los requisitos que se han de cumplir y la documentación necesaria que se ha de presentar se encuentra disponible en el siguiente enlace: AYUDAS destinadas a castellanos y leoneses en el exterior que se encuentren en condiciones  de especial necesidad para el año 2018

No obstante sin perjuicio de ello a continuación indico de forma resumida las condiciones necesarias para resultar beneficiario:

·         Ser mayor de dieciocho años.

·         Tener nacionalidad española.

·         Estar residiendo en alguno de los países de América Latina para los que la Administración estatal española fijó la base de cálculo para las prestaciones por razón de necesidad durante el año 2017.

·         Estar inscrito como residente en el registro de matrícula consular, con una antigüedad de al menos un año a contar respecto al momento de la presentación de la solicitud de ayuda.

·         Haber establecido un municipio de Castilla y León como municipio de inscripción en España, y que así conste en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero (PERE)

·         Que los ingresos por cualquier concepto de la unidad familiar, tanto en la fecha de presentación de la solicitud como durante el ejercicio 2017, no sean superiores al 50% del índice de referencia ponderado (El índice d referencia coincide con la base de cálculo fijada por la Administración estatal española en cada país para el año 2017 a efectos de las prestaciones por razones de necesidad)

·         No poseer el solicitante ni ningún miembro de la unidad familiar, en el momento de presentar la solicitud ni durante el ejercicio 2017, bienes patrimoniales con un valor superior al índice de referencia excluida la vivienda habitual de la unidad familiar.

·         No podrán ser beneficiarios aquellos solicitantes que hubiesen obtenido esta ayuda en el año 2017, incluidos los miembros que componen su unidad familiar.

·         Aquellos que hubieran sido beneficiarios en 2013, 2014, 2015 y 2016,   podrán ser  de nuevo beneficiarios al amparo de esta convocatoria siempre y cuando exista crédito sobrante  tras haber concedido ayudas al resto de los solicitantes que cumplieran los requisitos establecidos para ser beneficiarios de las mismas y no lo hubieran sido nunca con anterioridad.

 

El plazo para la presentación  de solicitudes concluye el 07 de febrero de 2018.

 

La presentación de la solicitud se podrá hacer por los medios que se indican a continuación y remitirse a:  Junta de Castilla y León/Consejería de la Presidencia/Secretaria General. Calle Santiago Alba 1. 47008- Valladolid:

-          Por  registro electrónico desde el enlace antes indicado.

-          Por correo certificado.

-          En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

-          Por fax al número: 0034 983 411312

Cualquier duda, por favor consúltenla al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Un saludo y muchas gracias por vuestra colaboración

Luis González Romo/ Tel. 983415053/Codificado 800184
Jefe de Servicio de Asuntos Migratorios
Consejería de la Presidencia
Secretaría General
www.jcyl.es

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